Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: Rechazan el Hábeas Corpus

jueves, 10 de noviembre de 2011

Rechazan el Hábeas Corpus


En el mismo momento en que familiares de María Marta García Belsunce se movilizaban en la Plaza de Mayo para pedir "justicia seria", se conoció una resolución adoptada por mayoría de la Sala I de la Cámara de Apelaciones de San Isidro que dispuso la inadmisibilidad de los recursos de hábeas corpus presentados por los abogados de los condenados por el encubrimiento del homicidio de la ex vicepresidenta de Missing Children.
El fallo fue suscripto ayer por los magistrados Oscar Quintana y Carlos Fabián Blanco, en tanto que el juez Ernesto García Maañon votó a favor de declarar la admisibilidad de las presentaciones realizadas por los defensores de Guillermo Bártoli, Horacio García Belsunce (h.), Juan Carlos Hurtig, Sergio Binello y Juan Ramón Gauvry Gordon.
Al fundar la resolución, que también fue firmada por el secretario de ese tribunal, Bernardo Hermida Lozano, el juez Quintana sostuvo que el recurso de hábeas corpus había sido presentado fuera del plazo establecido por el Código de Procedimiento Penal.
El viernes pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Isidro impuso las penas de cinco años de prisión a Bártoli, cuñado de la víctima; cuatro años de cárcel para García Belsunce (h.), hermano de María Marta; tres años y medio para Hurtig, el medio hermano de la mujer asesinada, y tres años para Binello, vecino del country Carmel, y Gauvry Gordon, primer médico que revisó a la víctima .
Además, los jueces de ese tribunal ordenaron la inmediata detención de los cinco condenados por el encubrimiento del asesinato de la ex vicepresidenta de Missing Children, ocurrido el 27 de octubre de 2002 en el country Carmel, de Pilar.
Luego de escuchar la sentencia que los condenó, los cinco acusados, que habían llegado en libertad al juicio oral, salieron detenidos del edificio de los tribunales que funciona en Ituzaingó 340 y fueron trasladados a la Dirección Departamental de Investigaciones de San Isidro (DDI), donde siguen alojados.
Entonces, sus abogados presentaron los recursos de hábeas corpus que ayer fueron rechazados por los camaristas Quintana y Blanco.
"La petición de hábeas corpus contra un encarcelamiento preventivo sólo procederá hasta la iniciación de la audiencia de debate; luego de tal acto el encarcelamiento del encausado se encuentra por fuera de la «acción» prevista en el artículo 405 y siguientes del Código de Procedimiento Penal", explicó el juez Quintana al fundar su decisión.
Según consideró el magistrado, "se advierte con prístina claridad que el pedido de los letrados defensores de los imputados ha sido interpuesto fuera del plazo estipulado para la presentación de un hábeas corpus contra una medida cautelar, no cumpliendo el requisito previsto para ser interpretado como vía impugnativa de la denegatoria de la excarcelación".
Esto significa que la acción de hábeas corpus presentada por los defensores de los condenados no contemplaba ninguna de las situaciones establecidas por el artículo 405 del Código de Procedimiento Penal que justificaran su admisión.
En la Plaza de Mayo, la movilización fue encabezada por Irene Hurtig y María Laura García Belsunce, media hermana y hermana de la víctima, respectivamente. Estuvieron acompañadas de unas 150 personas.
"Estoy sorprendida. Por una vez esperaba que se hiciera justicia y que dejaran a mi familia en libertad", dijo Hurtig, que prometió ir a Plaza de Mayo todos los miércoles.


ARTICULO 405.- Procedencia.- La Petición de Habeas Corpus procederá contra toda acción u omisión que directa o indirectamente, de modo actual o inminente, en forma ilegal o arbitraria, causare cualquier tipo de restricción o amenaza a la libertad personal. Igualmente será procedente en caso de agravamiento arbitrario de las condiciones de detención legal o en el de desaparición forzada de personas.

No hay comentarios :

Publicar un comentario