Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: Diferencia entre declaración indagatoria y testimonial

sábado, 5 de mayo de 2012

Diferencia entre declaración indagatoria y testimonial

Como hemos podido ver, en este caso en particular, una persona que declaró como testigo y que jamás fue imputado, estuvo todo el tiempo representado por su abogado, situación bastante irregular. Es por eso que consultamos con otro profesional en la rama penal de la abogacía para que nos asesorara acerca de las diferencias existentes entre la declaración indagatoria y la declaración testimonial, ya que es importante que la población sepa de qué estamos hablando cuando nombramos una u otra, como así también es muy útil que se vayan dando cuenta de la cantidad de violaciones al debido proceso que se han cometido en esta causa.

Declaración indagatoria: es la que se le recibe a la persona contra la cual existe una sospecha cierta de que ha cometido un delito. Es decir, se le toma al imputado y no basta la sola imputación sino que se requiere, además, que existan elementos de cargo suficientes como para configurar una sospecha acerca de su participación en el delito que se investiga. Está regulada en el artículo 308 del Código Procesal Penal de la Provincia. Se recibe sin prestar juramento, asistido por abogado defensor con quien puede tener una entrevista previa, se le deben hacer saber las pruebas que existen en su contra y el derecho que tiene de negarse a declarar. Si miente no es delito porque es imputado, no testigo.

Declaración testimonial: se recibe al/ los testigos, es decir, a quienes percibieron, a través de sus sentidos, una o más circunstancias o situaciones que podrían ser de utilidad para establecer cómo sucedieron los hechos que se investigan. Los testigos están obligados a declarar y deben hacerlo bajo juramento de decir verdad. Si mienten cometen un delito falso testimonio. No pueden contar con abogado porque no son parte en la causa sino terceros. El Código Procesal también regula la prueba testimonial y hay algunas indicaciones al respecto en la ley orgánica del ministerior público.

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